REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA PARA MOTO

Es un procedimiento unificado establecido para todos los vehículos automotores mediante el cual se verifican las condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad a través de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes realizadas en los Centros de Diagnóstico Automotor legalmente constituidos para tal fin.

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¿QUÉ TIPO DE VEHÍCULOS DEBEN REALIZAR LA RTM Y EC?

Todos los vehículos automotores deben someterse a revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, de acuerdo con la ley, las criterios y pruebas establecidas en las Normas Técnicas Colombianas NTC- 5375, NTC- 5385, 6218,5282 y las demás NTC que el ministerio adopte como obligatorias.

¿EN DÓNDE PUEDO REALIZAR LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES DE UN VEHÍCULO?

La Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes debe realizarse en Centros de Diagnóstico automotor (CDA) habilitados por el Ministerio de Transporte, acreditados ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC e inspeccionados y vigilados por la Supertransporte.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR EN EL MOMENTO DE LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA DE MI VEHÍCULO?

El cliente debe presentar los siguientes documentos para la inspección: Licencia de Tránsito original o documento equivalente para vehículos extranjeros.

¿QUÉ LE REVISAN A MI MOTOCICLETA EN LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA?

Entre los algunos aspectos, según la NTC 5375 DE 2012 se busca detectar:

  • Partes exteriores en mal estado (flojas, sueltas), que presenten peligro para los demás usuarios de la vía.
  • Presencia de aristas o bordes cortantes exteriores en el vehículo.
  • Roce o interferencia entre las llantas y el guardabarros, chasis o suspensión.
  • Corrosión en chasis
  • Roturas, perforaciones, desacoples o inexistencia del sistema de escape. NOTA: Algunos diseños del sistema de escape en motocicletas, tienen un pequeño orificio el cual no debe considerarse defecto.
  • La inexistencia de cualquiera de los dos espejos retrovisores funcionales
  • Mal estado o fijación deficiente del (los) espejo(s) retrovisor(es)
  • Sillín y/o reposapiés mal anclados o con riesgo de desprendimiento.
  • Existencia de algún tipo de dispositivo o accesorio diseñado para producir ruido o motocicletas sin silenciador
  • El no funcionamiento o inexistencia de la bocina, pito o dispositivo acústico.
  • El no funcionamiento o inexistencia de los comandos que encienden o conmutan las luces.
  • Mal estado (con riesgo de desprendimiento o ausencia de las pastas o vidrios) o no funcionamiento del sistema o cualquiera de las luces direccionales
  • Mal estado (con riesgo de desprendimiento o ausencia de las pastas o vidrios) o no funcionamiento de cualquiera de la(s) luz(luces) de parada o freno
  • Color de luz emitido diferente o en cantidad inferior a la estipulada en las Normas Técnicas Colombianas o disposiciones legales aplicables vigentes
  • La intensidad de la luz menor a 2,5 klux a 1 m o 4 lux a 25 m. Se debe acelerar la moto hasta lograr la mayor intensidad de luz.
  • La desviación de cualquier haz de luz en posición de bajas está por fuera del rango entre 0.5 y 3.5%, siendo 0 el horizonte y 3.5% la desviación hacia el piso.
  • Concentraciones de gases y sustancias contaminantes mayores a las establecidas por la autoridad competente.
  • Carrera o movimiento de los dispositivos de accionamiento del Sistema de Frenos sean excesivos o insuficientes.
  • Retorno inadecuado del pedal/palanca del freno trasero y/o delantero
  • Inoperancia total del freno en alguna de las ruedas
  • Fundas, cables, guayas o varillas deterioradas, con riesgo de desprendimiento o interferencia con otros elementos
  • Cilindro maestro (bomba de freno) deteriorado, con fuga de líquido o con riesgo de desprendimiento
  • Ausencia de la tapa del depósito de líquido de frenos
  • Pérdidas de líquido en los tubos, mangueras o en las conexiones.
  • Tubos o mangueras deteriorados, dañados, deformados o excesivamente corroídos o con riesgo de desprendimiento
  • Mordazas de freno con fugas visibles o con riesgo de desprendimiento (faltan tornillos)
  • Eficacia de frenado inferior el 30%
  • Mal estado de las fijaciones al chasis de los elementos de la Suspensión.
  • Elementos de la Suspensión en mal estado (amortiguadores, rodamientos, bujes de amortiguadores, bujes de tijera, pasador) deformados, con juegos excesivos o corrosión.
  • Inexistencia de alguno de los amortiguadores.
  • Fijación defectuosa con riesgo de desprendimiento en cualquiera de los elementos de la Dirección.
  • Falta alguna de las tuercas, en cualquier rueda de la motocicleta
  • Deformaciones en cualquiera de los rines
  • Fisuras en cualquiera de los rines
  • Despegue o rotura en las bandas laterales de una o más llantas
  • Protuberancias, deformaciones, despegue o rotura en la banda de rodamiento de una o más llantas.
  • Profundidad de labrado en el área de mayor desgaste de cualquiera de las llantas de servicio, menor a 1 mm o inferior a las marcas de desgaste especificadas por los fabricantes
  • La inexistencia o no funcionamiento de los soportes de estacionamiento.
  • Pérdidas de aceite con goteo continuo
  • Mal estado del cableado eléctrico
  • Existencia de fugas en el tubo, uniones del múltiple y silenciador del sistema de escape del vehículo.
  • Salidas adicionales en el sistema de escape diferentes a las de diseño original del vehículo.
  • Ausencia de tapones de aceite o fugas en el mismo
  • No superar los niveles máximos permisibles de emisión de contaminantes establecidos en la resolución vigente, en lo referente a:
  • Monóxido de Carbono (CO)
  • Dióxido de Carbono (CO2)
  • Oxigeno (O2)
  • Hidrocarburo (HC)

¿Qué debo hacer si la motocicleta no aprueba la revisión Técnico Mecánica y Emisiones Contaminantes?

Según la resolución 3768 de 2011 en ARTÍCULO 28. “VEHÍCULOS RECHAZADOS. Si al verificar el resultado total de las pruebas, en las revisiones técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, el vehículo automotor es reprobado de acuerdo con los criterios señalados para el efecto, el Centro de Diagnóstico Automotor o línea móvil, deberá entregar copia del Formato Uniforme de Resultados de las revisiones técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor, quien deberá efectuar las reparaciones pertinentes y subsanar los aspectos defectuosos dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha en que fue reprobado. Una vez efectuadas las reparaciones el propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor podrá volver por una sola vez sin costo al mismo Centro de Diagnóstico Automotor o línea móvil, para someter el vehículo a la revisión de los aspectos reprobados en la visita inicial. PARÁGRAFO. En la segunda visita al Centro de Diagnóstico Automotor o la línea móvil, el vehículo, en todos los casos, será objeto de una revisión sensorial completa para verificar que las condiciones generales del vehículo se mantienen, y se procederá a hacer una revisión gratuita de los aspectos reprobados en la visita inicial mediante revisión visual o revisión mecanizada, según corresponda. Cuando de la revisión visual se compruebe que el vehículo pudo haber sufrido alguna alteración, este será sometido a una revisión total como si acudiera por primera vez y esta generará el respectivo cobro.”

Pasos para realizar tu REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA

 

  1. Recepción del vehículo al CDA
  2. Verificación y validación de documentación.
  3. Pago del servicio.
  4. Compra del PIN por parte del cajero, con el cual se autoriza el ingreso del vehículo a la pista.
  5. Ingreso a pista.
  6. Revisión sensorial: Tiene como objetivo diagnosticar el estado general de la motocicleta, de acuerdo con las normas previamente establecidas. Se inspecciona que la motocicleta tenga bien ancladas sus partes, el funcionamiento de las luces, buen estado de los rines y las llantas y su profundidad de labrado, el chasis, los retrovisores, reposapiés y se asegura que los líquidos no se estén filtrando ni fugando del automotor y en general cualquier otro elemento que pueda generar algún riesgo en la circulación vial según la NTC 5375 de 2012.
  7. Prueba de luces: La prueba de luces, busca medir la intensidad e inclinación de las luces de la motocicleta en baja intensidad. Esta prueba es llevada a cabo gracias a un equipo conocido como luxómetro el cual se encarga de medir la intensidad y la inclinación de la luz.
  8. Prueba de frenos: En esta prueba se mide la eficacia de frenado de la motocicleta, a partir de la determinación de la fuerza de frenado con respecto al peso de la rueda delantera y trasera.
  9. Prueba de sonido: Esta prueba consiste en la medición de los niveles de presión sonora que emiten las motocicletas. Esto es posible medir gracias a un dispositivo denominado “Sonómetro”.
  10. Prueba de gases: La Revisión de Emisiones Contaminantes de hace con el propósito de establecer que las emisiones de gases del vehículo no superen los límites máximos establecidos por las normas colombianas, se realiza la prueba con la utilización de analizadores de gases donde se miden principalmente:

Monóxido de carbono: como máximo su medida debe estar en 3.5% Motos 4T

Hidrocarburos: Los niveles de medida de la motocicleta deben estar por debajo de 1.300 ppm (partes por millón) para motos 4T.

  1. Reporte de información: Una vez terminada la revisión y obtenidos los resultados de esta, se imprime un informe de inspección en el Formato Único de Resultados (FUR), el cual contiene los valores numéricos de las pruebas e indica si la moto aprobó o no la revisión.  Dicha información es enviada en línea al RUNT y al Sistema Integrado de Control y Vigilancia (SICOV).
  2. Entrega de resultados: Si el vehículo aprueba la revisión se le hará entrega al cliente del FUR y  del Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes en papelería oficial del Ministerio de Transporte y Ministerio de Ambiente con la vigencia estipulada por la norma de acuerdo con el tipo de servicio del vehículo; De no aprobar, la motocicleta cuenta con 15 días calendarios (incluye domingos y festivos) para hacer los ajustes indicados en el informe de inspección FUR y realizar una segunda revisión sin costo. (Resolución 3768 de 2011).

TARIFA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES

TARIFA VIGENCIA 2024

RTM 2024

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